- COMISION N° 5. BIENESTAR SOCIAL DEL MEDICO
- COMISION N° 6. ACUERDOS RESOLUCIONES E INSTRUMENTOS.
- COMISION N° 4. RESPONSABILIDAD LEGAL EN EL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y TUICION ÉTICA.
- COMISION N° 3. ACREDITACION, CERTIFICACION, RECERTIFICACION PERSONAL e INSTITUCIONAL de ESPECIALIDADES MÉDICAS.
- COMISION N° 2. SITUACION Y PERSPECTIVAS DEL TRABAJO MEDICO, PUBLICO Y PRIVADO.
- COMISION N° 1. REFORMA DE LA SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL.
- ACUERDOS GENERALES. Asamblea DR. Salvador Allende Gossens.
RESPONSABLE: BRASIL
CONCLUSIONES
- Para lograr condiciones saludables de trabajo médico se recomienda:
Un sólo vínculo de trabajo y labor docente, definiendo parámetros de remuneración adecuados a la realidad económica, política y social de los países latinoamericanos.
Jornada de 6 horas asistenciales que incluye 2 horas dedicadas a la capacitación.
El trabajo de guardia no debe ser mayor de 12 horas, asegurándose el descanso inmediato respectivo, a fin de garantizar un trabajo médico de calidad, cada país o institución debe precisar el número de turnos, remuneraciones y sistemas de descanso adecuadas a su realidad.
- Denunciar el deterioro de las condiciones laborales de los médicos en Latinoamérica debido a la aplicación de las política neoliberales de «flexibilización laboral o inestabilización» que repercuten en la remuneración del trabajo médico.
CONFEMEL debe realizar un evento de análisis técnico de las condiciones y medio ambiente del trabajo médico, enfatizando la relación laboral.
- Implementar políticas de formación de los médicos, de tal manera que se alcance la proporción de 1/1000 habitantes recomendado por OMS. Asimismo exigir la acreditación de las Escuelas o Facultades de Medicina para evitar la creación indiscriminada de éstas, que están generando profesionales mal remunerados y con una formación académica deficiente.
- Recomendar la aplicación de políticas de descentralización que garanticen mejor la distribución geográfica de los médicos en el interior de los países, para atender la recomendación de 1/1000 establecida por la OMS fortaleciendo la asistencia médica primaria.
- La accesibilidad al trabajo médico y la remuneración no debe tener ninguna discriminación en relación al sexo o género y ser por concurso.
La mujer médico tiene derecho a la protección a través de las leyes sociales durante el período de gestación, maternidad y/o seguridad social.
- Recuperar el liderazgo del médico en el equipo de salud, ocupando los cargos de conducción en los establecimientos de salud con ingerencia de los colegios médicos y preferentemente por concurso.
Estimular la formación de médicos especialistas en el área de la Salud Pública.
- Los médicos e internos en formación deben ser remunerados y gozar de los mismos beneficios sociales a los que tienen derecho como profesionales.
- Las instituciones gremiales y colegiadas deben participar en las políticas de elaboración y supervisión de los programas de formación médica.
- Debe existir una coordinación entre las entidades formadoras y prestadoras de salud pública y privada para establecer el número adecuado de especialistas, de acuerdo a la necesidad de cada país.
- Impulsar la participación de los médicos jóvenes en formación a través de las entidades gremiales o colegiadas de cada país, en los eventos de CONFEMEL.
- Defender el trabajo médico gremial y colegiado garantizando su respetabilidad.
Denunciar las acciones de persecución, despidos arbitrarios, sometimiento a procesos judiciales a médicos en el desempeño de actividades gremiales.
- Las entidades gremiales y colegiadas deben participar en la formulación de las políticas de salud en los países de Latinoamérica.
- Evitar el intrusismo y el paralelismo de otras profesiones en el ejercicio de la profesión médica.
- Debe considerarse la necesidad de fuero gremial, licencia gremial o sindical
- Luchar por la estabilidad laboral del médico.
- Mantener la respetabilidad de la profesión
- CONFEMEL debe estudiar los mecanismos para entregar capacitación gremial y sindical.
- Debe mantenerse apoyo institucional y económico al médico que preside y al resto de los dirigentes de CONFEMEL, para el ejercicio de sus cargos si fuese necesario.
ACUERDO
Se aprueba el trabajo de la Comisión N° 2, como documento oficial.
Santiago de Chile, Diciembre 1998